Sobre retribuciones y guardias de médicos en el SNS
Imagen: storyset/Freepik

La ministra de Sanidad, Mónica García, manifestó recientemente su firme voluntad de terminar con las guardias médicas de 24 horas, algo que forma parte de la cultura de los hospitales públicos desde hace más de cinco décadas y representa buena parte de la retribución mensual de los médicos.

Modificar conceptos retributivos asentados por su aplicación durante largo tiempo es realmente complejo, pero más lo es afrontar un cambio que afecta al modelo español de organización hospitalaria. Un cambio en estos conceptos afectará al conjunto del hospital, habida cuenta de que la organización de la actividad médica condiciona la del resto de las categorías profesionales y unidades funcionales.

El actual modelo retributivo aplicado en el conjunto del Sistema Nacional de Salud (SNS), en cada servicio de salud autonómico, se estableció mediante el Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de septiembre, sobre retribuciones del personal estatutario del Instituto Nacional de la Salud (INSALUD).

Esta norma respondía a la voluntad política, con acuerdo sindical mayoritario, de dotar de estabilidad jurídica al sistema sanitario aplicando el marco retributivo vigente para el personal al servicio de las Administraciones Públicas, basado en un Sueldo Base, determinado en función de la titulación requerida para el acceso al puesto de trabajo, un Complemento de Destino, en una escala de niveles hasta el 30, correspondiente al puesto que se desempeña, un Complemento Específico que retribuye la especificidad del puesto, así como condiciones especiales, dedicación y responsabilidad, y un Complemento de Productividad con el que se retribuye el especial rendimiento. Estos complementos se acompañan de los trienios y las pagas extras.

Complemento de Atención Continuada

Las cuantías que entonces se establecieron para las diferentes categorías fueron el producto de un ejercicio de equilibrio entre el modelo retributivo anterior y el contemplado en el RDL 3/1987, para mantener el gradiente de diferencia salarial entre categorías, lo que produjo una cierta distorsión en las cifras resultantes para cada complemento y categoría.

En aquel tiempo se partió de una subida salarial media general del 5%, a la que se fueron añadiendo porcentajes de aumento en función del papel que cada categoría ocupaba en el nuevo modelo hospitalario, determinado, a su vez, en el Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización y funcionamiento de los Hospitales gestionados por el INSALUD.

En el cambio retributivo destacaron dos subidas salariales complementarias, una correspondiente a la categoría de Enfermera que alcanzó un incremento cercano al 15%, con el que se pretendía significar el papel que habían de asumir las enfermeras en la atención sanitaria; la segunda subida salarial relevante correspondió al personal facultativo, si bien se realizó mediante la introducción de una cuantía importante con la que se retribuía la especial dedicación y la exclusiva dedicación al sistema público.

El modelo se completó con el llamado Complemento de Atención Continuada, destinado a retribuir la atención continuada a los pacientes, es decir, el abono de las llamadas Guardias Médicas.

Desde entonces, el modelo, ya de por sí anómalo por tratarse de una adaptación forzada del modelo funcionarial, pensado para estructuras de perfil administrativo, ha sufrido alteraciones de todo tipo.

Eliminar las Guardias Médicas

Unas, relacionadas con los cambios en los planes de formación académica, que han obligado a no pocas modificaciones y recalificaciones; otras, con la necesidad de incentivar económicamente al profesional, incrementando sus horas de presencia retribuidas mediante el Complemento de Atención Continuada, distorsionando la organización hospitalaria y penalizando al profesional, al que se exige innecesariamente una mayor presencia horaria para justificar el abono de cantidades complementarias, muchas veces pactadas bilateralmente.

Por lo tanto, hablar de eliminar las Guardias Médicas es hablar de cambiar la organización del hospital y modificar el modelo retributivo en su conjunto, un proyecto que afectará, además, a la oferta asistencial, al menos en teoría.

Esta iniciativa ministerial representa, no obstante, una oportunidad histórica para modernizar el marco laboral del SNS y, sobre él, abordar su modernización en su conjunto.

Si partimos de la premisa ineludible del mantenimiento del poder adquisitivo real de los profesionales, la reducción de horas de guardias ha de contemplar, al menos, dos cuestiones:

  • Reordenar los complementos retributivos y modificar sus cuantías.
  • Definir qué actividades se realizan en el horario de atención continuada, es decir, después de finalizar el horario normal diurno, habitualmente a las 15 horas, teniendo en cuenta aquellas situaciones de riesgo para la salud que, aunque poco frecuentes, requieren disponer de una estrategia y los recursos asistenciales necesarios.

Reordenar los complementos retributivos debe incluir la retribución variable por objetivos evaluables de forma transparente, así como la retribución estable por realización de jornadas programadas fuera del horario ordinario, generalmente tardes. Introducir criterios de flexibilidad es imprescindible en una organización tan dinámica, exigente y singular como es un hospital público.

El modelo retributivo y organizativo aún vigente es producto de una época bien diferente, tanto por el perfil de pacientes, la tecnología disponible y, sobre todo, las diferentes expectativas de los profesionales, tanto laborales como personales.

Es una oportunidad que, a quienes hemos tenido responsabilidades directivas, nos habría gustado poder disponer de ella para mejorar los resultados asistenciales y económicos. Ojalá este tren no pase de vacío.

 

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